top of page

DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MORALES

  • Foto del escritor: Estrella Ríos
    Estrella Ríos
  • 7 nov 2022
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 23 nov 2022


ree

Si estás pensando en constituir una persona moral ya sea una S.A. de C.V. o una S. de R.L. de C.V., o cualquier otra que nuestra legislación permite (próximamente abordaremos sus diferencias y para que te sirve cada una), es muy importante que sepas que las empresas son titulares de los derechos humanos, así como de las garantías para su protección. ¿Qué? Sí en efecto, como lo leíste, tú empresa tiene DERECHOS HUMANOS; al constituir una compañía en estricto sentido, estás constituyendo una persona jurídica, entonces, de acuerdo con el artículo 1 de nuestra Constitución y lo que dice en el primer párrafo:

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte” …

Debemos interpretar esto, en un sentido amplio, es decir, la Constitución otorga esos derechos tanto a las personas físicas (seres humanos), y en consecuencia a las empresas (personas jurídicas o morales). Por lo tanto el Estado mexicano se encuentra obligado a tratar en forma integral, justa y equitativa, dándoles a TODAS las personas la misma atención y protección, ya seas morales o físicas; obvio hay derechos que por su naturaleza son solo de personas físicas (vida, salud, educación etc.), así como otros derechos que son solo de las empresas; a continuación, menciono algunos ejemplos de derechos humanos que gozan las empresas: Igualdad ante la ley, Libertad de industria y comercio (mientras sean lícitos), Derecho a la integridad y seguridad corporativa, Libertad de expresión, Libertad de imprenta, Libertad de asociación y reunión, Derecho de acceso a la justicia, Derecho a la irretroactividad de la ley, Derecho de audiencia y Debido Proceso Legal, entre otros.

Ninguna autoridad puede molestar a tu empresa y/o actuar de manera arbitraria, es decir, tu empresa no puede ser molestada sino en virtud de un documento debidamente fundado (que tenga un artículo que invoque el por qué) y motivado, esto es, que sea un documento que exprese las razones particulares, causas inmediatas o circunstancias especiales por las que emite ese acto en cierto sentido, por lo tanto, aquellos derechos humanos que tenga tu empresa recuerda que los puedes invocar y hacer valer en tu favor en todo momento.

Si estás interesado en el tema, no dudes en escribirme para seguir comentado el tema sobre los derechos humanos de las empresas.







Comentarios


Servicios Legales a la medida y accesibles para personas con actividad empresarial y emprendedores. Abogada Estrella Ríos consultora legal de empresas.
bottom of page